Arbitraje internacional
Definición
Arbitraje que reúne alguno de los criterios de internacionalidad del Estatuto: partes con establecimientos en estados distintos, lugar del cumplimiento de obligaciones o de la controversia fuera del estado de las partes, o internacionalidad acordada.
Fuente normativa
Ley 1563 de 2012, arts. 62 y ss.
Ver también
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