Laudo arbitral
también conocido como: laudo
Definición
Decisión final, motivada y vinculante que profiere el tribunal arbitral para resolver el fondo de la controversia sometida a su conocimiento. Hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo, salvo que sea anulado.
Fuente normativa
Ley 1563 de 2012, arts. 1 y 45
Ver también
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